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Ley de Migración PDF (212 Kb)
Como parte del trabajo que se viene realizando para actualizar
la política migratoria vigente y ajustarla a las condiciones
del presente y el futuro previsible, el Gobierno cubano, en
ejercicio de su soberanía, ha decidido eliminar el
procedimiento de solicitud de Permiso de Salida para los viajes
al exterior y dejar sin efecto el requisito de la Carta de
Invitación.
Por tanto, a partir del 14 de enero del 2013 solo se exigirá
la presentación del pasaporte corriente actualizado y la visa
del país de destino, en los casos que la misma se requiera.
Serán acreedores de dicho pasaporte los ciudadanos cubanos que
cumplan los requisitos establecidos en la Ley de Migración, la
cual ha sido también actualizada de acuerdo con las medidas
adoptadas y entrará en vigor a los noventa días de su
publicación en la Gaceta Oficial de la República de
Cuba.
Los titulares de pasaporte corriente, expedido con anterioridad
a la vigencia de esta decisión, deberán solicitar su
actualización sin gravamen alguno a las autoridades competentes
del Ministerio del Interior. Asimismo, quienes cuenten con un
permiso de salida vigente, podrán salir del país sin necesidad
de un nuevo trámite.
También se ha dispuesto extender a 24 meses la permanencia en
el exterior de los residentes en Cuba que viajen por
asuntos particulares, contados a partir de la fecha de salida
del país. Cuando excedan este término deben obtener, plasmada
en el pasaporte, la constancia de la(s) prórroga(s) de estancia
correspondiente, otorgada por un consulado cubano.
La actualización de la política migratoria tiene en cuenta el
derecho del Estado revolucionario de defenderse de los planes
injerencistas y subversivos del gobierno norteamericano y sus
aliados. Por tal motivo, se mantendrán medidas para preservar
el capital humano creado por la Revolución, frente al robo de
talentos que aplican los poderosos.
Es oportuno informar que paulatinamente se adoptarán otras
medidas relacionadas con el tema migratorio, las cuales sin
dudas, coadyuvarán también a consolidar los prolongados
esfuerzos de la Revolución en aras de normalizar plenamente las
relaciones de Cuba con su emigración.
Información adicional a la población sobre los procedimientos
para el cumplimiento de lo establecido y otras precisiones
puntuales sobre la política migratoria del país, están
disponibles en las oficinas y el correo de voz de la Dirección
de Inmigración y Extranjería por el teléfono: 206 32 18, Portal
del Ciudadano Cubano: www.ciudadano.cu y el Ministerio
de Relaciones Exteriores de Cuba: www.cubaminrex.cu.
(Tomado de Granma)
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